El
día 8 de noviembre de 1857 una gran tormenta había causado en Puçol la muerte
de dos vecinos, marido y mujer, en su casa de la calle San Juan. De la noticia
de la horrorosa tormenta de agua y granizo se ocupó la prensa escrita, en la
que, además de las dos desgracias personales, también narraron otros pormenores.
… con el aguacero las
ramblas que descienden de las montañas situadas a la parte superior de la villa
aumentaron de un modo tan extraordinario que el barranco denominado de Puig, no
pudiendo contener las aguas desbordo con tal ímpetu sobre la población que la
dejo convertida en una laguna habiendo mas de dos varas de agua en la mayor
parte de las casas… … por las puertas
de estas, que la fuerza del agua rompía, salían los efectos que había en los
pisos bajos, juntamente con las caballerías y demás animales… …las personas tuvieron que refugiarse en las
habitaciones altas y muchas solo pudieron conseguirlo a fuerza de grandes
peligros… …las casas completamente hundidas son cinco pero hay mayor numero
arruinadas en gran parte y muchísimas que se están apuntalando por hallarse
resentidas… …las perdidas han sido de
consideración en muebles ropas y caballerías, pero en particular en vino y
aceite…
Diez años después, el 16 de septiembre
de 1867, a causa de las abundantes lluvias caídas, provocaron una gran avenida
de agua que dio lugar al rompimiento de un trozo de más de 180 metros del
margen del barranco del Puig.
Este
hecho dio lugar a la total destrucción de las cosechas en la mayor parte de las
tierras de la Partida de la Mota, ya que el desbordamiento del cauce del
barranco había dejado en algunas de ellas cerca de un metro de grava y arena.
El perjuicio causado fue de consideración, ya que no se podrían poner en estado
de producción estas tierras hasta que no se eliminaran los materiales que
habían quedado depositados.
Imagen actual del barranco frente a la partida de la Mota
El 16 de diciembre, varios
vecinos afectados por esta catástrofe, propietarios de tierras situadas en esta
partida, firmaron una petición dirigida al Gobernado Civil de Valencia en la
que después de exponer sucintamente los hechos acecidos proponían como solución…
…
construir en su rompimiento una pared de obra de mampostería con algunos
machones y un terraplén a sus espaldas de cuatro o cinco metros de espesor, de
lo contrario no verificándose esta recomposición, no solo se verán privados los
recurrentes de sus cosechas el mejor día, sino que tomando el barranco
diferente cauce para desaguar cada vez que llueva, inutilizara por su dirección
gran parte del término de esta villa causando la ruina de muchas familias…
Como tanto esta obra de
mampostería, como el margen que después serviría a dicha pared de resguardo,
era de un coste considerable e inasumible por los propietarios de las tierras
afectadas por lo que proponían…
…
componerse por medio de la prestación personal, acopiándose primero la piedra
para luego, con cargo a los fondos municipales, comprar la cal necesaria y
pagar a los albañiles su trabajo de construcción…
Finalizaban
el escrito suplicando rendidamente al Gobernador Civil…
…que teniendo en
consideración las razones antedichas y previos los informes que estime tomar al
efecto, se digne ordenar que por medio de la prestación personal y con cargo a
los fondos municipales de esta villa se construya a la brevedad posible la
pared que encauce sólidamente las aguas del barranco citado, a fin de que no
cause en esta huerta los perjuicios que ahora se lamentan, que serán mayores en
cualquier otra avenida por pequeña que sea. Gracia que esperan alcanzar los
exponentes de la recta justicia qua administra V.M.
Firmaban
este escrito Vicente García, José LLácer, Romualdo Amigo y Vicente Bonet.
El
30 de enero de 1868 se reunió en sesión ordinaria en la sala capitular del
ayuntamiento de Puçol el alcalde, Vicente Antoni García y once de los
concejales para informar, según lo solicitado por el Gobernador Civil, la
instancia y petición que le había llegado de los afectados por la inundación.
En el informe, que firmaron el alcalde Vicente Antoni García y el secretario
Jaime Trachiner decían…
…que efectivamente este
barranco recoge las aguas que descienden de los montes, ocurriendo a menudo
avenidas tan considerables por el mismo que más de una vez han ocasionado el
rompimiento por el punto que ellos designan, que de continuar la ruptura en el
estado actual se ocasionaría la destrucción de los campos de la Partida de la
Mota, una de las mejores del término… …considerando muy justa la petición de los
reclamantes a que de los fondos municipales se paguen los gastos de cal,
albañilería y algún peonaje, obligando a estos vecinos a la conducción de materiales
a pie de obra, toda vez que ello ha de resultar en beneficio general de la
población y esta tiene la obligación de conservar los desagües públicos de la
misma manera que los caminos vecinales, lográndose con esto además dar
ocupación a algunas familias menesterosas que por falta de trabajo y carestía
de comestibles se encuentran en suma necesidad…
Finalmente, el 9 de marzo 1868
se recibía en Puçol la autorización por parte de Gobierno Civil para llevar a
cabo la obra…
…la pretensión de los
recurrentes es muy atendible con tanta más razón cuanto que el ayuntamiento asi
lo reconoce y dice que debe ser de cuenta de fondos municipales los gastos que
se originen: por lo tanto teniendo presente que por el artículo 97 de la Ley de
Aguas vigente se dispone que las obras locales que se construyan para defender
las poblaciones o los caminos vecinales de su término municipal estén a cargo
de los ayuntamientos respectivos y sean costeados por los mismos… …que en vista de las facultades que le
confiere la dicha Ley de Aguas disponga la reparación del malecón de defensa
del término…
Suponemos que al recibo de este
escrito autorizando la obra se pondría en marcha la siempre lenta
administración local, pero lo bien cierto es que la obra parece que no llegó a
realizarse.
Decimos que no llegaría a
levantarse el muro defensivo porque diez años después, concretamente el 28 de
febrero de 1877, Jaime Trachiner y otros vecinos y terratenientes se dirigían
de nuevo al Gobernador Civil mediante un escrito en el que entre otras cosas
decían…
…en la Partida de la Mota
a la parte de la población y 2 km, antes de su desembocadura en el mar hay una
extensión de terreno regado por la acequia de Moncada, dedicado generalmente a
hortalizas y cereales, de muy buena producción por su fertilidad que comprende
aproximadamente 2,5 hectareas…
…el barranco de Puçol que conduce las aguas vertientes en un largo
trayecto y tiene su origen en las caídas de los montes situados a la parte
superior pasa contiguo a los terrenos citados y en sus grandes y frecuentes
avenidas, saliéndose de su cauce, inunda dichos terrenos y los arruina
completamente y los tiene improductivos…
…que para impedir semejantes daños bastaba la construcción de un paredón
de cal y canto que pudiera contener los desbordamientos del barranco, con cuya
obra, que no será de gran coste, recibirían dichos terrenos una notable mejora
que los dejaría en su natural condición de producción y fertilidad… …que los recurrentes dueños e interesados,
abrigan el convencimiento de que esta mejora afecta al interés de todos los
propietarios y que su realización compensa ventajosamente con la gran mejora
que producirá, los gastos que ocasione…
…que en su vista conceptúan que dichas obras deben llevarse a cabo a
costa de la comunidad de interesados, como dueños de los referidos terrenos,
girando al afecto entre los mismos un repartimiento del total importe de las
obras en proporción al número de hanegadas que cada uno posea…
Finalizaban
su exposición pidiendo que se ordenara lo que correspondiese al alcalde de
Puçol para que previos los tramites y formalidades legales se llevaran a efecto
las obras.
De nuevo puesta en marcha la
burocracia el 13 de marzo el Gobernador Civil requería al alcalde de Puçol para
…que oyendo a los respectivos interesados informe y proponga lo que estime
procedente… Ignoro si una sencilla
citación hubiera bastado para reunir a los interesados, pero lo bien cierto es
que el alcalde remitió el 15 de abril un edicto para que se insertara en el
Boletín Oficial, con cuyo edicto se citaba a los interesados para que acudieran
al ayuntamiento a exponer lo que estimaran por conveniente.
En el Boletín Oficial nº 96 del
22 de abril apareció inserto el anuncio.
Finalmente se reunieron con el
alcalde 26 propietarios interesados en la construcción del paredón,
reconociendo todos de gran utilidad y perentoria necesidad la construcción del
paredón de defensa y acordando por unanimidad nombrar una comisión compuesta por
el alcalde y 4 propietarios para que se encargasen de practicar cuantas
gestiones y diligencias fueran necesarias para la ejecución de la obra, llevando
para ello la representación de todos los interesados.
El 16 de mayo el alcalde remitía
informado el expediente con las diligencias instruidas. El 22 mayo el
Gobernador Civil de nuevo pedía …diga la alcaldía a quien pertenece el
terreno sobre el que se ha de levantar el paredón y si esta puede dificultar
algún servicio caso que se trate de terreno de dominio público…
El 25 de mayo el alcalde de
Puçol informaba que el terreno estaba situado en aquel término y pertenecía a
doña María Rosa Moreno Muñoz y don Jaime Trachiner y Corachán, interesados en
dicha construcción y que ésta no puede dificultar servicio alguno.
Reunidos todos los datos
necesarios, el jefe de negociado informaba el 14 de junio 1877 que la obra se había
de construir en terrenos particulares, cuyos dueños estaban de acuerdo y que no
iban a invadir el cauce del barranco ni ocupar terreno de dominio público,
considerando por ello que requeriría la autorización que prescribía el art. 90
de la Ley de Aguas y la presentación de plano o croquis, audiencia de los
dueños de terrenos colindantes o fronterizos y al Ingeniero de la Provincia,
que marcaba el art. 91 de la misma ley.
Finalizaba
su informe diciendo …se diga a la Alcaldía de Puçol, para que lo haga saber
a los interesados, que concurriendo las circunstancias referidas en el asunto
de que se trata, usen de su derecho, cuidando empero de llenar los requisitos que,
respecto a la autoridad local, se fijan en los artículos 89 y 96 de la citada
ley vigente de aguas.
No sabemos si en este segundo
intento los afectados consiguieron por fin que se llevase a cabo la tan necesaria
construcción del paredón. Este segundo expediente finaliza con la autorización
para iniciar los trámites de la obra, pero nada dice de su inicio y menos de su
finalización.
DIARIO
DE CORDOBA, 19/11/1857
ARCHIVO
PARROQUIAL IGLESIA SANTOS JUANES. Quinque Libri 1857 – 1861. Tomo 13. Folio
235r y 235v
ARCHIVO
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA. E Fomento. 3 Aguas. 1 Expedientes generales.
Caja 284. Expediente 6337. 1867.
ARCHIVO
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA. E Fomento. 3 Aguas. 1 Expedientes generales.
Caja 376. Expediente 8584. 1877.