lunes, 15 de junio de 2020

1243, 15 de noviembre. DONACIÓN DE LA ALQUERÍA DE PUÇOL AL OBISPO, CABILDO Y AL CONVENTO DE FRAILES DE SANTA MARÍA DE RONCESVALLES

Noverint universi quod nos Iacobus; Dei gratia, rex Aragonum, Maioricarum el Valencie, comes Barchinone el Urgelli et dominus Montispesulani, per nos et nostros, bono animo et libera voluntate, donamus et concedimos vobis dilecto Arnaldo, episcopo, el capitulo valentino et conventui fratrum Rodicevallis alqueriam sive villam, que dicitur Poçol, quam emimus ab Assallito de Gudal. Donamus, inquam, vobis et successoribus vestris predictam alchariam cum omnibus iuribus et terminis suis, cum pratis, pascuis, herbis, aquis et lignis, silvis, montibus, agris, vineis, hortis, riguis et secanis, cequiis, arboribus, cum fortitudine et domibus constructis et construendis et cum omnibus suis terminis et pertinenciis cultis et incultis et cum omnibus personis ibidem populatis et populandis, cum censibus, usaticis, caloniis, exercitibus et cavalcatis et earum redempcionibus, donacionibus et iuribus omnibus ad dictam alchariam pertinentibus et cum ingressibus et egressibus suis et cum accionibus realibus et personalibus. Donamus eciam vobis vineas et domos, que sunt in castro et termino de Murvedre, quas a predicto Assalito de Gudal emimus, sicut in instrumento vendicionis inter nos et ipsum confecto et vobis a nobis, in presenti tradito, plenius continetur.
Hec omnia predicta francha et libera et sine retentu aliquo vobis et vestris perpetuo donamus, sicut melius et sanius dici vel intelligi potest, ad vestrum vestrorumque intellectum et extrahentes predicta de nostra potestate, iure et dominio in vestra vestrorumque potestate, iure et dominio tradimus et irrevocabiliter, transferimus sine omni retentu et iure, quem ibi non facimus , inducendo vos et vestros in corporalem possessionem, pleno iure, tanquam in rem vestram propiam, ad habendum, tenendum, possidendum et expletandum et eciam ad dandum, vendendum, et ad omnes vestras vestrorunque voluntates perpetuo faciendas. Supradicta omnia ita donamus et conferimus, quod semper episcopus Valencie tertiam partem de supradictis omnibus habeat et capitulum ecclesie Valencie aliam terciam et frates hospitalis Rodicevallis aliam terciam partem, sicut per speciale privilegium eis duximus concedendum, ita quod omnes tercie in omnibus sint equales. Promittimus autem vobis super predicta donacione guarenciam et salvacionem contra omnes personas et homines, specialiter contra Guillelmum d’Entenza et suos.
Datum apud Corbera, XVII kalendas decembris, anno Dominus M.CC.XL tercio
Sig+num Iacobi, Dei gracia, regis Aragonum, Maioricarum el Valencie, comitis Barchinone et dimini Montispesulani.
Huius rei testes sunt: Assallitus de Gudal, domnus Ladro, Marcho Ferriz, Lupus Eximen de Castelet, Egidius de Trossillo.
Sig+num Guillemi Scribe, qui mandato domini regis pro Guillelmo de Belloloco, notario suo, hanc cartam scripsit loco, dir, et anno prefixis.

Sepan todos que nos Jaime, por la gracia de Dios, rey de Aragón, Mallorca y Valencia, Conde de Barcelona y Urgel y señor de Montpellier, por nos y nuestros sucesores con buena intención y libre voluntad damos y concedemos a vos, nuestro amado Arnaldo, obispo y al Capítulo de la iglesia de Valencia y al convento de frailes de Roncesvalles la alquería y villa llamada Puçol, que compramos a Assalit de Gudal.
          Damos, digo, a vosotros y a vuestros sucesores la predicha alquería con todos los términos y derechos suyos, con los prados, los pastos, las hierbas, las fuentes naturales y las leñas de montes, las selvas, las montañas, los campos, las viñas, los huertos, los terrenos de regadío y de secano, las acequias y los árboles, con las fortalezas y casas construidas y en construcción y con todos sus límites y pertenencias, cultivadas y sin cultivar y con todas las personas que allí mismo residen y residirán, con los censos, usajes, calonias, hueste y cabalgada y todos aquellos arrendamientos, donaciones y derechos que pertenecen a dicha alquería y con entradas y salidas y las acciones reales y personales.
           Damos además a vosotros las viñas y casas que están en el castillo y termino de Murviedro que compramos al predicho Assalit de Gudal tal y como consta en el documento de venta hecho entre nosotros y él mismo, las cuales entregamos en el presente manteniendo todo unido. (la alquería de Puçol y las viñas y casas)
De tal modo que damos a vosotros y los vuestros a perpetuidad toda lo dicho anteriormente franco libre y sin retención alguna, de la mejor manera que se puede decir y entender a conciencia de vosotros y de los vuestros, librando la predicha donación de nuestra soberanía, autoridad y dominio entregando irrevocablemente la soberanía a vosotros y a los vuestros; la trasladamos sin retener ningún derecho que en ese lugar no ejercemos, entregando a vosotros y a los vuestros en posesión corporal la plena soberanía como asunto propiamente vuestro a fin de que os hagáis cargo, ocupéis y toméis posesión para darlo, venderlo o para hacer perpetuamente vuestra voluntad y la de los vuestros.
                De todo lo dicho más arriba damos y concedemos para siempre al Obispo de Valencia la tercera parte de todo lo arriba mencionado y al Capítulo de la iglesia de Valencia otro tercio y a los hermanos hospitalarios de Roncesvalles otro tercio, según por especial privilegio acabamos de conceder, de tal manera que todos los tercios en todo sean iguales.
Prometemos a vosotros sobre la supradicha donación que la guardaremos y salvaremos de todas las personas y hombres especialmente contra Guillermo de Entenza y los suyos.
           Dado en Corbera a quince de noviembre de mil doscientos cuarenta y tres.
Sig+no Jaime. Son testigos de este asunto Assallit de Gudal, el señor Ladro, Marco Ferriz, Lupus Eximen de Castelet, Egidius de Trossillo-
Sig+no Guillemi escribano Guillermo de Belloloco, que por mandato del señor rey escribe este documento en el lugar y fecha mencionados.


Esta donación del rey fue motivada porque el obispo Arnaldo de Peralta, apenas había tomado posesión de la sede valentina, pleiteó con Jaime I defendiendo la dotación de la catedral, ya que las décimas habían sido reducidas a la tercera parte por un acuerdo del rey con su antecesor, el obispo Ferrer de Pallarés, logrando que para acallarle cediese estas dos terceras partes de Puçol, pero no satisfecho con esto el prelado siguió pleiteando durante todo su pontificado.
El rey había comprado el 9 de noviembre de 1243 a Assalit de Gudal unas casas que este tenía en Murviedro y la villa de Puçol por 18.000 sueldos, estando entonces ya poblada de cristianos. Seis días después de esta compra donó este lote al Obispo, Cabildo y Monasterio de Roncesvalles.
Los hospitalarios de Santa María de Roncesvalles se habían establecido en la capital atendiendo una invitación del rey Jaime I poco después de la rendición de Valencia y eran conocidos por la atención que prestaban a los peregrinos. Se habían organizado el siglo anterior como un grupo de canónigos regulares para atender a los peregrinos de Compostela, enfermos y agotados, que atravesaban la diócesis de Pamplona
Es curiosa la promesa del rey Jaime I de proteger la donación, especialmente de Guillermo de Entenza. Esto se puede entender ya que el 15 de noviembre de 1240 tuvo lugar un arbitraje ente el Justicia de Aragón en el que se dirimió un litigio entre los dos magnates aragoneses, Assalit de Gudal, señor de Puçol y Guillermo de Entenza, señor del Puig de Santa María a causa de los límites entre ambos lugares.  

El obispo ARNALDO DE PERALTA


ACV  pergamino 1090
          ACV Códices 162, ff  XLIII/48v – XLIV/49r
          ACV Códices 307, ff 31v – 32r
          HUICI MIRANDA, AMBROSIO, CABANES PECOURT, Mª DESAMPARADOS. Documentos de Jaime I. Anubar. Valencia 1976. Zaragoza 1978. Tomo II, pág. 171 documento 383
        OLMOS CANALDA, E. Inventario de los pergaminos del Archivo Catedral de Valencia. Valencia Arzobispado, Diputación y Ayuntamiento de Valencia.  1961.  Pág. 20 documento 142
         IACOBI PRIMI INSTRUMENTA nº  33 pp. 180






No hay comentarios:

Publicar un comentario

NUESTRAS CALLES. CARRER BLASCO IBAÑEZ

Empieza en el C/ Mallaeta y termina en el C/ Terol.   En sesión plenaria celebrada el 29 de enero de 1959 por el Ayuntamiento de Puçol...