Ante la lamentable situación
económica que atravesaba la villa de Puçol a principios del siglo XVIII, a
causa de las numerosas deudas acumuladas durante las décadas anteriores, las
autoridades municipales decidieron, mediante un escrito, suplicar al rey Felipe
V que les concediera una moratoria de seis años para el pago de sus deudas.
Esta petición
la habían hecho las autoridades de Puçol poniendo de manifiesto la lealtad que
habían demostrado a la causa borbónica desde antes del comienzo de la guerra de
Sucesión, durante ella y después de ella.
Por todo ello, este documento es de un
excepcional valor ya que contiene un resumen de las actuaciones militares en
las que participaron los vecinos de Puçol y, sobre todo, poner de manifiesto
que partido tomaron durante la guerra.
Atendiendo esta petición, el rey Felipe V
mandó expedir una Real Provisión
por la que se prohibía expresamente proceder
tanto contra la villa de Puçol, en sus propios y rentas, como contra sus
vecinos, por un plazo de seis meses, en reconocimiento a su fidelidad a la
monarquía durante la guerra.
Veamos
el contenido del interesante documento que comienza citando las autoridades a las
que va dirigido como encargadas de hacer cumplir la Real Provisión.
A
todos los Corregidores, Gobernadores, Alcaldes maiores y ordinarios y otros
Jueces y Justicias qualesquiera de todas las Ciudades, Villas y Lugares de este
nuestro Reyno y señoríos a cada uno y qualquier de Vos en vuestros lugares y
jurisdicciones aquí en lo contenido aquí en nuestra carta tocare y fuere
notificada.
Salud
y Gracia.
Continua el
documento haciendo referencia de las acciones llevadas a cabo por los vecinos
de Puçol a favor de los borbones. Una
lealtad que había sido manifiesta cuando a finales de 1705 el general Baset
había tomado la ciudad de Valencia y los vecinos de Puçol estuvieron prestos a
sumarse a las tropas, que al mando del Marques de Pozo Blanco, habían de
defender la ciudad de Valencia, aunque finalmente no hubo que combatir.
Sabed,
que Diego de Prado en nombre del Consejo, Justicia y Real intento y vezinos del
lugar de Puzol del nuestro Reyno de Valencia nos hizo relación que dicho lugar
asi antes de las inquietudes [se refiere a la guerra] del
dicho Reyno y ciudad de Valencia como en el tiempo que duraron y después de
ellas avian sido sus vezinos afectos y leales vasallos a nuestra Real
persona dando muestras de su lealtad asi en la ocasión que los enemigos
ocuparon la dicha ciudad por el mes de Diciembre del año de mil setecientos y
cinco en que havian estado los vecinos de dicho lugar con las armas en la mano
esperando el reximiento del Marques de Pozo Blanco [Francisco
de Velasco] para incorporarse con el y sacrificando sus vidas defendiendo la
dicha ciudad de qualquier invasión que intentasen los enemigos y contener a los
que de dentro de ella se inclinasen a su partido lo qual no ha tenido efecto
por haberse retirado dicho reximiento con la noticia de estar ya ocupada por
los enemigos…
El haber tomado
partido por la causa borbónica había causado animadversión a los vecinos de
Puçol por parte de los pueblos vecinos, partidarios de la causa austracista.
Poco después manifestaron su adhesión y ofrecieron sus servicios al Conde de
las Torres, el cual les encargó la vigilancia de la zona entre la montaña y el
mar impidiendo de este modo la comunicación entre las tropas del archiduque
Carlos.
…
de que havia resultado que los lugares circunvecinos concurrieron con especial
odio al dicho lugar su parte por haberle tan afecto y leal a nuestra Real persona
de forma que sus vecinos se privaron de yr entonces a dicha ciudad y habiendo
pasado a pocos días nuestras Reales tropas mandadas por el general Conde de
las Torres [Cristobal Moscoso] a vista de dicho
lugar en parte avian salido los oficiales y demas vecinos con sus armas
ofreciendo sus vidas y haciendas en nuestro servicio y viendo su lealtad el dicho general les avia
encargado la custodia desde el mar asta el monte lo que habían executado de
suerte que impidieron la comunicacion desde dicha ciudad asta los lugares de la
plana que ocupaban los enemigos prendiendo muchos miqueletes (partidarios
del archiduque) que intentaron transitar por la parte del mar llevandolos al
lugar de Torrente donde estaba el exercito nuestro…
También
habían participado ocho de nuestros paisanos, debidamente pertrechados, en la
defensa de Sagunto al ser asediada por el inglés lord Peterborough, aunque su
defensor, el conde de Mahoni, rindió la plaza incluyendo a los de Puçol en la
capitulación para que no hubiesen represalias contra ellos.
…y habiendo avistado las tropas enemigas
mandadas por el general de Inglaterra [lord
Peterborough] a la villa de Murviedro se avian dispuesto ocho vecinos con
las prevenciones de municiones y armas esperando el socorro de nuestras tropas
para incorporarse con ellas y sacrificar sus vidas en nuestro servicio lo qual
no havia tenido efecto por no haversele podido socorrer y conociendo el conde
de Mahoni [Daniel Mahoni] que se hallaba de
guarnizión en ella con su reximiento la fidelidad de dicho lugar su parte y lo
que perdida aquella villa avia de padecer por ello de los enemigos le avia
compre hendido en la capitulación que hizo con ellos para que no se le
ofendiese en las personas y vienes de sus vecinos los quales estando la noche
del mismo dia que se entrego la dicha villa, unos a las puertas del referido
lugar y otros enboscados en el campo con sus armas sin saver la entrega se avia
adelantado un reximiento de los enemigos a dicho lugar al qual habían obligado
a retroceder por las continuadas bozes que les oyo de vitoriar a Nuestra Real
persona de que avia nacido el concebirles grande odio el qual esperimentaron a
pocos días…
A
pesar de todo ello, habían sufrido los de Puçol la visita de un regimiento de
caballería austriacista que, además de haberles requisado sus armas y ciento
cincuenta caballos, probablemente todos los que habría en el pueblo, se habían
alojado en el pueblo a costa de los vecinos.
… pasando un reximiento de caballería enemiga
a desarmarlos de todo genero de armas y ultraxarlos sin exceptuar los
eclesiásticos y les avian quitado ciento
y cincuenta caballos que tenían, cargandolos de continuos aloxamientos y transitos de forma que
avian quedado dicho lugar y sus vecinos mui pobres y para mas molestarlos los echaron
bando que pena de la vida no saliesen de
el y su territorio padeciendo muchos
cárceles y otras vexaciones que habían tolerado por la fidelidad que siempre nos
avian manifestado abandonando algunos
sus casas por no poder llevar las muchas molestias que les hacían los
enemigos como todo era publico y notorio…
Estos
hechos habían ocurrido el viernes 5 de marzo de 1706, sucesos que fueron
puntualmente recogidos en la ciudad de Valencia por nuestro paisano, el
sacerdote Isidoro Planes. Se conserva un manuscrito suyo titulado Succesos
fatales desta ciudad y Reyno de Valencia o puntual diario de lo sucedido en los
años 1705, 1706 y 1707 en el que recoge en la página 38
…a
las 7 de la mañana hicieron pregon en Puzol que luego, pena de vida, [entiéndase bajo pena de muerte] entregasen
todos los rocines y armas; lo cual obedecieron y escoltados de 50 caballos
traxeron a Valencia 130 rocines y mulas y cuatro cargas de escopetas;
dexandolos destruidos por la falta de las cabalgaduras. Entregaronse en
Valencia a las 2 de la tarde… … los
labradores, dueños de los caballos, quedaban suspensos y admirados, al ver con
que frescura les despojaban de todos los medios necesarios para la labranza;
callaban temerosos y doloridos murmuraban, viéndose sin rocines ni dineros…
En
atención a esa demostrada fidelidad, Claude François Bidal, marqués de Asfeld y
gobernador del Reino de Valencia, concedió ciertos privilegios a los de Puçol,
pero no les impidió que, a pesar de las muchas cargas en alojamientos que
habían sufrido con las tropas austracistas también las sufrieran con las tropas
borbónicas, a las que además de los alojamientos hubieron de contribuir con
dinero en metálico.
…
y se justificaba de los dos despachos dados por el cavallero Dasfel, teniente general de nuestros exercitos,
comandante de dicho Reyno, concediendo a sus vezinos salbaguarda para que no se
les hiciese daño en sus vienes y hacienda y que pudiesen tener cien escopetas para su defensa en atenzion
a su lealtad y fidelidad como de ellos constaba de que havia
comision y sin embargo de lo mucho que habían padecido de los enemigos y de
allarse ynposibilitado de medios se avian esforzado en los quarteles de este
ybierno teniendo aloxada en dicho lugar la Compañía de Dn. Melchor
de Portugal con sus oficiales y soldados y el sargento mayor del
regimiento, un capitán y un teniente de la artillería dándoles demás de
aloxamiento en cada un dia doce libras
moneda de dicho nuestro Reyno de Valencia que habían contribuido con
grande afecto…
Todo este desorbitado gasto a cargo de los vecinos
de Puçol les había impedido cumplir con sus compromisos para pagar los réditos
de los censales y otros gastos, por lo que llegaron a acumular una deuda de
30.741 libras.
…
de todo lo qual avia resuelto el no aver podido pagar el dicho Lugar
y sus vecinos lo que estaban debiendo a sus acreedores de los reditos de los
zensos y pensiones que tenían contras sus propios y rentas y haciendas de sus
vecinos particulares, cuios principales les importaban treinta mil setecientas
y quarenta y una libra de que se estaban debiendo asta fin del año
pasado de mil setecientos y siete tres mil y ducientas libras y si se diese lugar
a que se les molestase sobre su cobranza como lo intentaban sus acrehedores
seria destruirlos y dar ocasión a que se despoblase dicho lugar…
La súplica cursada
por parte de los vecinos de Puçol fue para que se les concediesen seis años de
moratoria, tanto para el pago de los intereses de los censales a cargo del
común de los vecinos como de las deudas particulares de cada uno de ellos.
…por lo qual y en atención a los motivos que
iban expresados nos pidió y suplico que fuésemos servido de conceder al dicho lugar
su parte y sus vecinos seis años de
espera asi para lo que estavan debiendo de los reditos de dichos
zensos y pensiones como por los devitos particulares y mandar dar despacho
para que por el tiempo referido no se les molestase sobre ello y para que
se les desembargasen los vienes y rentas que por dicha razón se les ubiesen
embargado y visto por los del nuestro Consejo por decreto que probeieron en
veinte y ocho de este presente mes de marzo mandaron informase sobre ello Don Pedro
Colon de Larreategui del nuestro Consejo y Camara y presidente de la
nuestra Audiencia y Chancilleria que reside en dicha Ciudad de
Valencia y que por termino de seis meses
no se molestase al dicho lugar de Puzol ni a sus vecinos particulares por lo
que estaban debiendo y para que se cumpla en lo que os toca se acordó de
esta nuestra Carta =
Finalmente,
según informó el presidente de la recién instituida Chancilleria, Pedro Colon
de Larreategui, miembro relevante de la magistratura castellana, nombrado para
este cargo el 30 de mayo de 1707, solamente se concedió una prórroga de seis
meses.
Por
la qual os mandamos a todos y cada uno de vosotros en
buestros lugares y jurisdicciones según dicho es que siendo con ella
requeridos por termino de seis meses primeros siguientes que han de correr y
contarse el dia de la fecha de esta nuestra carta no procedais ni consintáis se proceda contra dicho lugar de Puzol,
sus propios y rentas, ni contra sus vecinos sus vienes y hacienda, ni de los de
sus fiadores por sus reditos que tuvieren debiendo de los zensos y pensiones de
que ha hecho mención, ni por las demás deudas que hubieren contrahído y
estuviesen debiendo los dichos vecinos como particulares, ni sobre ello por el
dicho termino les agais agravio, molestia ni bexacion de que tengan justo
motivo de quexa y en caso de haberles enbargado algunos propios, rentas, vienes
y hacienda se los desenbargueis y hagáis desenbargar que asi es nuestra voluntad
y lo cumpliréis pena de la nuestra merced y de treinta mil maravedís para la nuestra
Camara por la qual dicha pena mandamos a qualquier secretario que
fuere requerido con esta nuestra carta os la notifique y de ello de
testimonio;
Dada
en Madrid a treinta días del mes de marzo de mil setecientos y ocho.
Yo
Joseph de Bordonaia secretario de Camara del
Rey nuestro Señor la hize escrivir por su nombre con acuerdo de los de su
consejo.
Saque esta
copia de la Real provision de Su Magestad aquí expresada para
ponerla en el archivo del Real Acuerdo del que esta a mi cargo en
Valencia a diez y nueve de abril de mil setecientos y ocho. Francisco Comes.
ARCHIVO
DEL REINO DE VALENCIA. REAL ACUERDO. 1708. Libro 2. f. 505r-508v
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